La conservación del patrimonio natural del Parque mediante las oportunas decisiones de gestión es un objetivo prioritario. Las actuaciones que se desarrollen en él tienen como objetivo la conservación de sus valores naturales y de los procesos que los sustentan. Cualquier actuación a desarrollar tendrá que ser compatible con la permanencia de estos.
En la ejecución de las actuaciones de conservación se tienen en cuenta una serie de principios que se relacionan a continuación:
- Aplicación del mejor conocimiento disponible y del principio de prevención. En caso de duda, se adoptará la decisión que resulte más favorable a la conservación de la naturaleza.
- Fomento, preferiblemente a través de acuerdos voluntarios, de la incorporación al patrimonio público de los territorios y los derechos reales existentes en el interior del parque.
- Coordinación y colaboración con las Administraciones presentes en el ámbito del Parque.
- En el cumplimiento de las normas, y sin perjuicio de la aplicación del principio de autoridad, la administración dará preferencia a la información y disuasión frente a las prohibiciones.
- Actuación con la mínima interferencia hacia los procesos naturales. Se procurará recuperar un estado lo más parecido posible al resultante de la evolución natural. Se mantendrá , en su caso, se recuperará la biodiversidad y funcionalidad propia de los sistemas naturales del parque y se evitará la desaparición de los taxones autóctonos. No se autorizará la introducción de taxones no autóctonos y se procurará la erradicación de las poblaciones de especies invasoras.
- Preservación del paisaje, de la calidad de las aguas y del aire